Código Fiscal Artículo 124 Provincia de La Pampa
Código Fiscal La Pampa
Artículo 124.
Los jueces no podrán, bajo pena de nulidad, dar curso a otras excepciones, que las expresamente enumeradas en el artículo 121, debiendo rechazar de oficio y sin dilación alguna las no permitidas.
Provincia de La Pampa Artículo 124 Código Fiscal de La Pampa
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
Leer de nuevo
Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 182. Código Contravencional Salta Artículo 120. Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 271. FRACCIONES DE IMPUESTO. FORMA PARA EL COMPUTO Código Fiscal Salta Artículo 287. Responsabilidad Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 490. AnticipacióPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios