Código Fiscal Artículo 160 Provincia de Jujuy
Código Fiscal Jujuy
Artículo 160.
En los contratos de renta vitalicia se aplicará el impuesto sobre el valor de los bienes entregados para obtenerla.Cuando éstos fueran inmuebles se aplicarán las reglas del Artículo N. 152.
Provincia de Jujuy Artículo 160 Código Fiscal
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Fiscal Jujuy Artículo 156. Código Fiscal Mendoza Artículo 204. Código Fiscal Jujuy Artículo 222.Recomendados
Código Tributario La Rioja Artículo 29. Código Fiscal Jujuy Artículo 25. Creación del Colegio de Trabajadores Sociale Entre Ríos Artículo 18. Derechos de los profesionales Establece el uso de una señal permanente o movil que represente el Simbolo de Sordera en los vehículos conducidos por personas sordas o hipoacúsicas Misiones Artículo 1. Código Procesal Penal Catamarca Artículo 542. VigenciaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios