Código Fiscal Artículo 189 Provincia de Entre Ríos
Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 189.
Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado quedarán excluidos del mismo, en los siguientes casos:a) Por exceder los valores de los parámetros establecidos por la Ley Impositiva para las categorías máximas del Régimen;
b) Por inscripción en el Régimen General o del Convenio Multilateral;
c) Por encuadramiento fraudulento en cualquiera de las categorías.
Los contribuyentes excluidos en virtud de lo dispuesto en el inciso c) serán dados de alta de oficio en el Régimen del que resulten responsables, ya sea Directo o del Convenio Multilateral, desde la fecha en que les hubiere correspondido ingresar, no pudiendo reingresar al Régimen Simplificado hasta después de transcurridos tres (3) años posteriores a la fecha de toma de conocimiento de las causales de exclusión por parte de la Administradora.
En los casos de los incisos a) y b), la exclusión del Régimen tendrá efecto a partir del primer día hábil del mes siguiente, debiendo dar cumplimiento a su obligación impositiva, en el marco del régimen que le corresponda.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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