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Código Fiscal Artículo 189 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 189.

Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado quedarán excluidos del mismo, en los siguientes casos:

a) Por exceder los valores de los parámetros establecidos por la Ley Impositiva para las categorías máximas del Régimen;

b) Por inscripción en el Régimen General o del Convenio Multilateral;

c) Por encuadramiento fraudulento en cualquiera de las categorías.

Los contribuyentes excluidos en virtud de lo dispuesto en el inciso c) serán dados de alta de oficio en el Régimen del que resulten responsables, ya sea Directo o del Convenio Multilateral, desde la fecha en que les hubiere correspondido ingresar, no pudiendo reingresar al Régimen Simplificado hasta después de transcurridos tres (3) años posteriores a la fecha de toma de conocimiento de las causales de exclusión por parte de la Administradora.

En los casos de los incisos a) y b), la exclusión del Régimen tendrá efecto a partir del primer día hábil del mes siguiente, debiendo dar cumplimiento a su obligación impositiva, en el marco del régimen que le corresponda.

Provincia de Entre Ríos Artículo 189 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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