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Código Fiscal Artículo 59 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Corrientes
Artículo 59. Solve et repete

*La interposición del recurso no suspende la obligación del pago de las sumas reclamadas, pero durante la substanciación la Dirección General no podrá disponer la ejecución de la obligación fiscal.

Dentro de los plazos que a tal efecto fije la Dirección General, para la dilucidación o sustanciación del recurso serán admisibles todos los medios de pruebas, pudiéndose agregar informes, certificaciones y pericias producidas por profesionales con título habilitante inscripto en la matrícula respectiva, pero es insuficiente la sola prueba testimonial.

Sustanciación de las pruebas:

La Dirección deberá sustanciar las pruebas que considere conducentes ofrecidas por el recurrente y disponer las verificaciones que crea necesarias, para establecer la real situación de hechos y dictara resolución motivada dentro de los noventa (90) días de la interposición del recurso, notificándola al recurrente con todos sus fundamentos.

Inscripciones afianzadas:

Pendiente el recurso la Dirección, a solicitud del contribuyente o del responsable podrá disponer en cualquier momento la inscripción de los respectivos títulos y testimonios en el registro correspondiente, siempre que se hubiere cumplido con las demás obligaciones fiscales y afianzadas debidamente el pago del impuesto cuestionado.

La Dirección General de Rentas podrá solicitar las medidas cautelares previstas en el Código Procesal Civil y Comercial, por las sumas reclamadas a los contribuyentes o responsables. La medida cautelar podrá ser sustituida por garantía real suficiente y caducará si dentro de trescientos (300) días hábiles judiciales contados a partir de la traba, no se iniciare el correspondiente juicio de apremio. El término de caducidad se suspenderá cuando se interponga el recurso de apelación previsto en el artículo 60.

Provincia de Corrientes Artículo 59 Código Fiscal
Artículo 1 ...57 ter 58 59 60 61 ...262

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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