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Código de Transito y Transporte Artículo 7.1.2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 7.1.2. Normas generales

Establécense con carácter general las siguientes normas de estacionamiento para las arterias de la Ciudad de Buenos Aires:

a)Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a ambas aceras los días hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas en las avenidas con doble sentido de circulación, con excepción de la Av. 9 de Julio, la Av. Perito Moreno y las calzadas centrales de las Avenidas Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz, en las cuales la prohibición rige todos los días durante las veinticuatro (24) horas.

b)Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda los días hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas en avenidas con sentido único de circulación.

c)Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda todos los días durante las veinticuatro (24) horas en calles con sentido único de circulación, con excepción de aquel os tramos de las mismas pertenecientes a la Red Vial Terciaria con calzadas de más de ocho metros (8 m) de ancho, donde no circulen líneas de transporte público de pasajeros, en las cuales no rige esta prohibición.

En el caso de calles o avenidas de doble sentido de circulación, ambas aceras se consideran como acera derecha.

d)Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a ambas aceras los días hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas, dentro del área del Macrocentro, la cual está comprendida por el perímetro conformado por las Avenidas Leandro N. Alem, Paseo Colón, Independencia, Entre Ríos, Callao y Del Libertador.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 7.1.2 Código de Transito y Transporte
Artículo 1.1.1 ...6.13.3 7.1.1 7.1.2 7.1.3 7.1.4 ...15.2.7

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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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