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Codigo de Procedimiento en Materia Penal Artículo 21 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Codigo de Procedimiento en Materia Penal Santiago del Estero
Artículo 21. Transferencia de Cargos y Cambio de Funciones

Los Pro Secretarios de los Juzgados de Instrucción en lo Criminal y Correccional pasarán a ser funcionarios del Ministerio Público Fiscal, a medida que se implemente la Ley 6.941 gradualmente y de acuerdo a las circunscripciones que se determinen. El Superior Tribunal y la Fiscalía General dictarán los actos pertinentes a fin de transferir los cargos al Ministerio Público, y/o disputarán los cambios de funciones y las licencias pertinentes al solo efecto de facilitar la capacitación obligatoria integral e intensiva, procurando no resentir la normal presentación del servicio de justicia; así mismo podrá disponer del traslado de funcionarios y/o la modificación del horario laboral tendiente a esos fines. De la misma manera se arbitrarán los medios a fin de que los órganos de la defensa cuenten con los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones, a fin de salvaguardar las garantías constitucionales vigentes. El Ministerio Público reglamentará las funciones de los mismos.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 21 Codigo de Procedimiento en Materia Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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