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Codigo de Procedimiento en Materia Penal Artículo 14 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Codigo de Procedimiento en Materia Penal Santiago del Estero
Artículo 14. Programa de Capacitación para el Nuevo Sistema de Justicia Penal

Los Jueces Penales deberán cumplir con un programa de capacitación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, dictado por la Escuela de Capacitación Judicial, a partir de la sanción de la ley y hasta que este en funcionamiento el nuevo sistema. Así como también los funcionarios y empleados que presten servicios en el fuero penal del poder Judicial deberán participar de un programa de capacitación en el nuevo sistema, dictado por la Escuela de Capacitación Judicial y el programa Poder Judicial en Cambio, de conformidad a las disposiciones de la presente Ley. La capacitación de los Miembros del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa se llevará a cabo a través de un programa de capacitación que diseñará la Fiscalía General atento a sus atribuciones legales, sin perjuicio de otras actividades que se realicen con otros organismos a cargo de la implementación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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