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Código de Faltas Artículo 186 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Faltas San Juan
Artículo 186. Tenencia de falsas pesas, medidas o controles

Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta quinientos jus (500 J), clausura, decomiso de la mercadería y/o arresto de hasta veinte (20) días:

a)El propietario, encargado o responsable de un comercio, almacén o taller, que tenga pesas o medidas falsas o distintas de aquéllas que las leyes prescriben.

b)El propietario, encargado o responsable de un comercio o almacén que tenga sustancias alimenticias, géneros o cualquier mercadería de las que deban contarse, pesarse o medirse en paquetes o de otro modo preparados, que no tengan la cantidad, el peso o la medida que correspondan.

c)El responsable de vehículos de alquiler de cualquier naturaleza que tenga su tarifador alterado en perjuicio de los usuarios. Además de las sanciones previstas, deberá aplicarse la inhabilitación o cancelación de la licencia otorgada.



Provincia de San Juan Artículo 186 Código de Faltas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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