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Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba Artículo 86 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/09/2024

Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba Córdoba
Artículo 86. Falsa denuncia contravencional

Serán sancionados con hasta seis (6) días de trabajo comunitario, multa de hasta doce Unidades de Multa (12 UM) o arresto de hasta tres (3) días los que denunciaren o acusaren ante la autoridad competente como autor de una contravención administrativa o reprimida por la legislación de infracciones en general, a una persona que sabe inocente, o simulare contra ella la existencia de pruebas materiales con el fin de inducir el proceso contravencional pertinente a su investigación.



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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....


No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????


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