Código de Aguas Artículo 256 Provincia de Salta
Código de Aguas Salta
Artículo 256. Cruce de acueductos
Cuando un curso de agua cruce a otro, la Autoridad de Aplicación determinará las características de las obras y quien cargará con los gastos de construcción y mantenimiento.
Provincia de Salta Artículo 256 Código de Aguas
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Constitución Córdoba Artículo 28. De la ancianidad Constitución San Luis Artículo 267. Requisitos para ser elegidosRecomendados
Código de Aguas Salta Artículo 94. Unidad de Medida - Entrega de dotación Código de Aguas Salta Artículo 74. Aguas recuperadas - Estímulo Código de Aguas Salta Artículo 164. Aguas cloacales Código de Aguas Salta Artículo 232. Requisitos de las obras Código de Aguas Salta Artículo 168. Obra de defensa de particularesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios