Código de Aguas Artículo 218 Provincia de Río Negro
Código de Aguas Río Negro
Artículo 218.
Se podrá imponer servidumbre de abrevadero y saca de agua con el fin de conducir el ganado por los caminos o sendas que se fijen a través del predio sirviente, en los días, horas y puntos que se establezcan, a los efectos de abrevar o bañar dicho ganado. Los gastos que demande la imposición serán a cargo del dominante.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Complementaria Permanente de Presupuesto Artículo 60. Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 40. Derechos aportables Régimen electoral Salta Artículo 50. Código Procesal Penal Tucumán Artículo 274.Recomendados
Código de Aguas Río Negro Artículo 218. Espacios de publicidad electoral en medios de comunicación audiovisual Santa Fe Artículo 9. Ley Orgánica de Comunas Provincia de Santa Fe Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego: Creación Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 10. Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan Artículo 212. Ley Nº 3857 (07/09/1973)Publique la información de sí mismo
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