Código Contencioso Administrativo Artículo 72 Provincia de La Rioja
Código Contencioso Administrativo La Rioja
Artículo 72. CONDENA POR SUMA DE DINERO O ENTREGA DE COSA FUNGIBLE
Si la sentencia condenare a la adminstración al pago de una cantidad de dinero o a la entrega de una cosa fungible la decisión será ejecutoria.
Provincia de La Rioja Artículo 72 Código Contencioso Administrativo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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