Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Artículo 6 Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Salta
Artículo 6. Escudo, bandera e himno municipal
El escudo, símbolo que identifica al Municipio, es de uso obligatorio en toda documentación, papeles oficiales, sellos, vehículos afectados al uso público y edificios municipales La bandera municipal deberá exhibirse en todos los edificios públicos municipales.Queda prohibida la colocación de nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de funcionarios públicos o que identifiquen la gestión, en bienes inmuebles o muebles de propiedad del Municipio.
Sus descripciones son:
Escudo tipo español, redondeado en la base con forma de arco de medio punto invertido. En su interior del lado derecho, se ve representado por un ceibo en flor, especie arbórea característica de esta zona. A la izquierda se representa el monte verde, característico de nuestra zona de yungas y en la parte inferior por un arroyo. Fuera del escudo en su parte inferior dos (2) hojas verdes de palma que abrazan la derecha y la izquierda; en la unión de las palmas se encuentra una rama de ceibo en flor donde se posa un chalchalero, ave característica del Municipio.
En la parte superior del escudo una cinta verde claro con la leyenda: SAN LORENZO.
Bandera de forma rectangular horizontal, dos (2) franjas verticales verde claro en cada lateral, cada una mide el veinticinco por ciento (25%) del ancho de la bandera; una (1) franja central del cincuenta por ciento (50%) de la bandera, color celeste, sobre la que se encuentra el sol de la bandera nacional, en la parte central de la misma, éste es abrazado en forma de "U" por una guía de hojas de color verde oscuro.
Himno: Estrofas Tierra noble de verdes contornos Bendecida con yungas por Dios La que alberga esperanzas de un pueblo De un futuro integrado de amor Desde el sur el poema en Atocha Y Las Costas maíz ancestral su quebrada bañada de encanto Arrullada en sus sueños esta San Lorenzo es tu nombre mi Tierra Que bajo tu cielo me viste de crecer Son tus ceibos memorias de un tiempo Testigos silentes de este renacer Y en la loma suspiros del cielo En los ecos se escucha un cantar Los paisanos y duendes de cerro San Lorenzo te vuelvo a encontrar Tierra fértil de cuentos y mitos De tu flora y su tibia humedad Se percibe el poleo en tu aroma Espacio sereno de Libertad.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Régimen de Jubilaciones, Retiros y Pensiones Chaco Artículo 80. REINTEGRO A LA ACTIVIDAD Y OBLIGACION DEL EMPLEADOR Aranceles de Abogados y Procuradores Entre Ríos Artículo 126. PATROCINIO LETRADO OBLIGATORIO Creación del consejo de la magistratura Córdoba Artículo 26. ORDEN DE MÉRITO Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados Artículo 81. Ley de Marcas Artículo 32.Publique la información de sí mismo
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