Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Artículo 17 Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Salta
Artículo 17. Sesiones Especiales
Son Sesiones Especiales las que se realicen con el objeto de prestar acuerdo a la designación de funcionarios que requieran este trámite, y para juzgar la responsabilidad política. La convocatoria a la Sesión Especial la deberá realizar el Presidente del Concejo Deliberante en período ordinario e incluir el temario. Cuando la Sesión Especial se solicitare en período de receso legislativo, la misma deberá ser convocada por el Intendente dentro de los plazos previstos para la convocatoria a Sesión Extraordinaria, con excepción de pedido de juicio político al Departamento Ejecutivo, en cuyo caso la convocatoria deberá ser realizada por el Presidente del Concejo Deliberante.
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Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented
Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn
Y movimiento en letra? Gracias
Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?
Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
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