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Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Artículo 78 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Salta
Artículo 78.

Para la sanción de las ordenanzas sobre las concesiones de servicios públicos será necesario el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de los miembros del Concejo Deliberante y estar de acuerdo con los siguientes principios:

1. El término de las concesiones no será mayor de diez (10) años con opción a cinco (5) años más por buena prestación de servicios.

2. Deberá determinar las bases de los precios y tarifas y sus respectivos reajustes.

3. La municipalidad fiscalizará la actividad de los concesionarios en lo concerniente a la efectiva prestación de los servicios y el cumplimiento de los precios y tarifas, la que no será delegable.

4. En similitud de condiciones, la concesión se otorgará preferentemente a entes locales, en especial a cooperativas o asociaciones sin fines de lucro.

5. Las concesiones no podrán entregarse en condiciones de exclusividad o monopólicas, excepto que la eficiencia del servicio lo requiera. En estos casos se deben asegurar una equitativa relación entre la calidad de los servicios prestados y las tarifas cobradas. El marco regulatorio fijará los factores que incidan en la conformación de la tarifa y las condiciones de fiscalización.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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