Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 sobre Regimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina (Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141) Provincia de Misiones
Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 sobre Regimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina Provincia de Misiones
- Artículo 1. Institúyese un régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la...
- Artículo 2. Las acciones relacionadas con la actividad caprina comprendidas en el régimen...
- Artículo 3. La actividad caprina deber llevarse a cabo mediante el uso de pr cticas...
- Artículo 4. Ser n beneficiarios las personas físicas o jurídicas y las sucesiones...
- Artículo 5. A los efectos de acogerse al presente régimen, los beneficiarios deber n...
- Artículo 6. El presente régimen dar un tratamiento diferencial en los beneficios...
- Artículo 8. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos designar por...
- Artículo 9. Créase en el mbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y...
- Artículo 10. La CAT tendr funciones consultivas para la autoridad de aplicación y...
- Artículo 11. La CAT estar presidida por el Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y...
- Artículo 12. Todos los miembros de la CAT tendr n derecho a voto. El Secretario de...
- Artículo 13. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, dictar el reglamento...
- Artículo 14. La autoridad de aplicación convocar al menos una vez por año al Foro...
- Artículo 15. Los gastos que demande el cumplimiento del régimen durante el ejercicio...
- Artículo 16. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, y sobre la base del...
- Artículo 17. Los titulares de planes de trabajo y proyectos de inversión podr n recibir...
- Artículo 18. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, podr destinar...
- Artículo 19. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT podr destinar...
- Artículo 20. El presente régimen ser de aplicación en las provincias que adhieran...
- Artículo 21. Toda infracción a la presente ley y a las reglamentaciones que en su...
- Artículo 22. La presente ley ser reglamentada dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de...
- Artículo 23. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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