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Actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos Artículo 3 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/09/2024

Actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos Chaco
Artículo 3.

La actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia, aprobada en la presente ley, comprende las siguientes categorías:

a) Categoría I (Rojo): bosques de muy alto valor de conservación que no deben transformarse, comprendiendo áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas naturales, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas hídricas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad.

b) Categoría II (Amarillo): bosques de mediano valor de conservación, que no deben transformarse y que aún degradados, con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación.

c) Categoría III (Verde): bosques de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente.



Provincia del Chaco Artículo 3 Actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos
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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....


No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????


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