Actividad Actoral (Actividad Actoral) Nacional
Actividad Actoral Nacional
- Artículo 1. A los fines de la presente ley, se considerará actor-intérprete a toda...
- Artículo 2. A los fines de la presente ley se entenderá por: a) Personas encargadas...
- Artículo 3. Se considerará contratante a toda persona física o jurídica que utilice, con...
- Artículo 4. Las personas menores de dieciséis (16) años sólo podrán realizar...
- Artículo 5. La definición del contrato de trabajo actoral de los sujetos comprendidos en...
- Artículo 6. El contrato de trabajo de los sujetos comprendidos en el artículo 1° de...
- Artículo 7. El contrato de trabajo deberá ser presentado por el contratante en la...
- Artículo 8. En ningún caso podrán entenderse incluidos en la remuneración convenida los...
- Artículo 9. El contrato de trabajo de los sujetos comprendidos en el artículo 1° de...
- Artículo 10. Los actores-intérpretes y demás sujetos definidos en el artículo 1° de...
- Artículo 11. Los aportes y contribuciones obligatorios al Sistema Integrado Previsional...
- Artículo 12. A los efectos de la seguridad social, los servicios de los trabajadores...
- Artículo 13. A los efectos de la acreditación de los años de servicios con aportes...
- Artículo 14. Facúltase a la Administración Nacional de la Seguridad Social a dictar las...
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo nacional determinará las particularidades bajo las cuales...
- Artículo 16. Los sujetos comprendidos en la presente ley tendrán derecho a las...
- Artículo 17. Facúltase a la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo,...
- Artículo 18. Los servicios de los sujetos comprendidos en el artículo 1° de la...
- Artículo 19. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social será la autoridad de...
- Artículo 20. La presente ley entrará en vigencia el primer día del segundo mes posterior...
- Artículo 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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