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Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincial Artículo 64 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincial Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 64.

Percibirá la jubilación sin limitación alguna, el jubilado que se reintegrare a la actividad o continuare en la misma en cargo docente o de investigación en universidades nacionales o en universidades provinciales o privadas autorizadas a funcionar por el Poder Ejecutivo nacional, o en facultades, escuelas, departamentos, institutos o demás establecimientos de nivel universitario que de ellas dependan. El Poder Ejecutivo provincial podrá extenderá esa compatibilidad a los cargos docentes o de investigación científica desempeñados en otros establecimientos o institutos oficiales de nivel universitario, científico o de investigación, como así también establecer en los supuestos contemplados en este párrafo y en el anterior, límites de compatibilidad con reducción del haber de los beneficios. La compatibilidad establecida en este artículo es aplicable a los docentes e investigadores que ejerzan una o más tareas. Los servicios aludidos precedentemente darán derecho a reajustes o transformación siempre que alcanzaren a un período mínimo de tres (3) años con aportes en las Administraciones comprendidas en el presente régimen.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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