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Transformación digital del Sistema de Salud Artículo 2 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Transformación digital del Sistema de Salud Mendoza
Artículo 2. AUTORIDAD DE APLICACIÓN. FUNCIONES

La presente política pública sanitaria será liderada por el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, la que tendrá las siguientes funciones:

a. Implementar la estrategia de transformación digital del sistema de salud, la cual se complementará con la trazada por el Gobierno de la Provincia, en materia de tecnologías, comunicación con el ciudadano y lógica de procesos y servicios digitales.

b. Procurar soporte tecnológico y de servicios para los sistemas de salud.

c. Establecer los criterios, normativas y requerimientos técnicos básicos que deben cumplir los sistemas e infraestructuras, los cuales seguirán la estrategia del Gobierno de la Provincia para garantizar la interoperabilidad de los sistemas de gobierno, con el fin de mejorar la seguridad, confiabilidad y trazabilidad de la información que se intercambia entre diferentes organismos.

d. Crear y mantener bases de datos o tablas maestras.

e. Proponer las medidas, procedimientos e infraestructuras necesarias para la explotación de la información clínica con fines de investigación, evaluación del sistema de salud, desarrollo, innovación, planificación y gestión sanitaria y mejora de la calidad asistencial, resguardando el anonimato de las personas titulares de la información clínica utilizada.

f. Impulsar y coordinar las líneas de financiación específicas para la estrategia de salud digital.

g. Potenciar proyectos conjuntos entre diferentes servicios de salud y establecimientos sanitarios concertados, con objetivos convergentes, que permitan optimizar el uso de los recursos y los desarrollos.

h. Crear grupos de trabajo específicos con los sectores implicados: industria, profesionales, entidades públicas, entidades privadas y pacientes.

i. Potenciar grupos de trabajo para consensuar mejores prácticas en los procesos.

j. Proponer los indicadores a utilizar, evaluando y midiendo el progreso de la transformación digital del sistema.

k. Implementar un modelo de gobernanza que permita aunar las acciones y objetivos del sistema provincial de salud, de los organismos y actores involucrados, entre ellos los usuarios y trabajadores de la salud, de manera coordinada, colaborativa y sostenible en el tiempo.



Provincia de Mendoza Artículo 2 Transformación digital del Sistema de Salud
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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