Imprimir

Situación de Calle y Familias sin Techo Artículo 11 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Situación de Calle y Familias sin Techo Nacional
Artículo 11. Deberes

El Estado debe garantizar a las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle:.

1. La promoción y orientación de una cultura y educación basadas en el respeto y solidaridad entre todos los sectores sociales para transformar la manera en que tradicionalmente han sido tratadas, mediante la superación de prejuicios, estereotipos o actitudes discriminatorias y la creación de nuevos acercamientos, estrategias y soluciones en los que todos los sectores sociales asuman responsabilidades para lograr la integración social de este sector de la población.

2. El desarrollo y la promoción de acciones positivas tendientes a evitar y erradicar todo acto de discriminación o de violencia física.

3. La remoción de los obstáculos que impiden la plena garantía y protección de sus derechos, así como el acceso igualitario a las oportunidades de desarrollo personal y comunitario, teniendo la obligación de implementar procedimientos que faciliten el acceso a los servicios públicos sin documento de identidad si no fuese indispensable, a la tramitación gratuita de todos los documentos que acrediten la identidad y a la creación de una referencia administrativa postal.

4. La promoción del ejercicio de sus derechos políticos y su participación en la planificación, implementación y evaluación de las políticas públicas que los comprenden.

5. La promoción, publicidad y difusión de toda información útil, veraz y oportuna relativa a los derechos y garantías y programas de política pública, de modo que les llegue efectivamente.

6. La creación de una red nacional de centros de integración social, de atención permanente y continua, que presten servicios socioasistenciales básicos de alojamiento, alimentación, higiene y cuidados de la salud y además desarrollen actividades de formación y ocupación adaptadas a los conocimientos y necesidades de los destinatarios. Se procurará la adaptación de los actuales establecimientos de alojamiento nocturno (paradores, hogares, refugios, entre otros) a las modalidades enunciadas en el artículo 16 de la presente ley.

7. La capacitación y formación interdisciplinaria de los trabajadores dedicados a llevar a cabo las políticas públicas, incluyendo en dicha formación la práctica en organizaciones sociales que trabajan de manera directa con este sector de la población y tengan acreditada experiencia en la materia, de acuerdo lo establezca la autoridad de aplicación.

8. La realización de un relevamiento anual de personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle, de alcance nacional, con la participación de profesionales y organizaciones sociales, algunas integradas por personas en situación de calle, dedicadas a esta problemática, que suministre información para el diseño e implementación de políticas públicas.



Nacional Artículo 11 Situación de Calle y Familias sin Techo
Artículo 1 ...9 10 11 12 13 ...22

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse