Sistema Provincial de Alerta Temprana y Gestión Integral del Riesgo (Sistema Provincial de Alerta Temprana y Gestión Integral del Riesgo) Provincia de Tucumán
Sistema Provincial de Alerta Temprana y Gestión Integral del Riesgo Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Créase el "Sistema Provincial de Alerta Temprana y Gestión Integral del...
- Artículo 2. El Sistema tendrá por finalidad fortalecer las capacidades de prevención,...
- Artículo 3. Son objetivos del Sistema: 1. Prevenir y reducir los niveles de riesgo...
- Artículo 4. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la Dirección Provincial de...
- Artículo 5. La Autoridad de Aplicación coordinará sus acciones con los Municipios y...
- Artículo 6. La Dirección Provincial de Defensa Civil, en su carácter de Autoridad de...
- Artículo 7. El Sistema Provincial de Alerta Temprana adoptará una escala unificada de...
- Artículo 8. Las alertas emitidas por el Sistema de manera oficial se difundirán de forma...
- Artículo 9. Créase el "Registro Provincial de Recursos Materiales y Logísticos para...
- Artículo 10. Créase el "Padrón Provincial de Personal de Emergencia y...
- Artículo 11. La Autoridad de Aplicación tendrá la facultad de celebrar convenios con...
- Artículo 12. El financiamiento para el funcionamiento, equipamiento tecnológico y...
- Artículo 13. Los municipios y comunas rurales deberán designar formalmente un (1) Enlace...
- Artículo 14. La Autoridad de Aplicación, en coordinación directa con los enlaces locales,...
- Artículo 15. A los efectos del cumplimiento efectivo de esta Ley las resoluciones...
- Artículo 16. Constituye falta grave para los funcionarios públicos de cualquier rango de...
- Artículo 17. Derógase la Ley N° 9775 y toda otra norma de igual o menor jerarquía que...
- Artículo 18. Cláusula Transitoria: Dispóngase que todos los recursos materiales, bases de...
- Artículo 19. Comuníquese
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
hasta cuantos metros el que viene por la derecha tiene prioridad de paso?
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
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