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Sistema Provincial de Acogimiento Familiar Temporario Artículo 14 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Sistema Provincial de Acogimiento Familiar Temporario Mendoza
Artículo 14. REQUISITOS

Para ser parte integrante del SiPAFT, la Organización Civil debe cumplir con los siguientes requisitos:

a. estar conformada en la Provincia como Simple Asociación, Asociación Civil o Fundación. Su objeto social y el grupo etario específico de los NNA con los cuales trabajará deberán estar plasmados en su Estatuto;

b. solicitar inscripción en el Registro que a tales fines lleve la Autoridad de Aplicación;

c. celebrar con la Autoridad de Aplicación un Convenio Marco de participación en el SiPAFT;

d. trabajar en forma coordinada con la Autoridad de Aplicación y las organizaciones civiles en función del interés superior del NNA;

e. tener conocimiento sobre las temáticas de "Niñez y Adolescencia" y de "Gestión Institucional", lo cual deberá probar de forma fehaciente; y f. Contar con equipos técnicos compuestos por profesionales de los campos de la salud, psicología, trabajo social, licenciatura y tecnicatura en niñez adolescencia y familia, y abogacía, con formación especializada comprobable en la temática de niñez, adolescencia y familia.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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