Sistema Federal de Manejo del Fuego. Creación
Sistema Federal de Manejo del Fuego. Creación
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Ambito de Aplicación
- Artículo 3. Creación
- Artículo 4. Objetivos
- Artículo 5. Autoridad Nacional de Aplicación
- Artículo 5 bis. A los fines de la presente Ley, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO...
- Artículo 6. Autoridades Competentes
- Artículo 7. Regionalización
- Artículo 8. Articulación
- Artículo 9. Consejo Asesor
- Artículo 10. Planificación
- Artículo 11. Programas de Asistencia
- Artículo 12. Obligaciones de las jurisdicciones locales
- Artículo 13. Jefe de Incendio
- Artículo 14. Regulación de usos y actividades
- Artículo 15. Administración de Parques Nacionales
- Artículo 16. Denuncia
- Artículo 17. Debido cuidado
- Artículo 18. Trabajos preventivos
- Artículo 19. Planes de Protección
- Artículo 20. Programas de Promoción Forestal
- Artículo 21. Comiso
- Artículo 22. Recomposición y reparación
- Artículo 22 bis. En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el...
- Artículo 23. Creación
- Artículo 24. Atribuciones y Funciones
- Artículo 25. Brigadas Nacionales
- Artículo 26. Coordinaciones Regionales
- Artículo 27. Niveles de intervención
- Artículo 28. Actuación Concurrente
- Artículo 29. Estado de Emergencia
- Artículo 30. Creación
- Artículo 31. Recursos
- Artículo 32. Infracciones
- Artículo 33. Sanciones
- Artículo 34. Catástrofes supranacionales
- Artículo 35. A partir de la sanción de esta ley las jurisdicciones locales vinculadas al...
- Artículo 36. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los ciento ochenta...
- Artículo 37. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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