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Sistema Educativo Provincial. Titularización del personal docente. Requisitos Artículo 2 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema Educativo Provincial. Titularización del personal docente. Requisitos Tucumán
Artículo 2.

Para ser titularizados, los docentes indicados en el artículo anterior deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Haber sido propuestos en horas cátedra y/o cargos comprendidos en el primer grado del escalafón respectivo con carácter interino, observando el procedimiento concursal y orden de mérito previsto por la legislación vigente.

2. Registrar, al 31 de Diciembre de 2019, una antigüedad mínima de tres (3) años con carácter interino en las horas cátedra y/o cargos docentes en que se solicite la titularización y poseer los títulos requeridos para acceder al cargo, acorde a la especialidad correspondiente.

3. No registrar investigaciones administrativas pendientes de resolución, ni las sanciones previstas en los incisos 3. al 8. del Artículo 56 de la Ley N° 3470 aplicadas en los últimos cinco (5) años. En caso de encontrarse bajo investigación administrativa el proceso de titularización quedará en suspenso hasta la conclusión de la misma.

4. No percibir ningún beneficio jubilatorio ni encontrarse en condiciones de acceder a tales beneficios.

5. Reunir las condiciones de aptitud psicofísica para el cargo, exceptuando los casos de enfermedades profesionales e inculpables.

6. No haber incurrido en más de cinco (5) inasistencias injustificadas en los últimos tres (3) años. Si la calificación de las inasistencias como injustificadas se hallare controvertido, el proceso de titularización quedará en suspenso hasta el pronunciamiento del órgano competente.



Provincia de Tucumán Artículo 2 Sistema Educativo Provincial. Titularización del personal docente. Requisitos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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