Sistema de Comunicaciones de Emergencia para Personas Sordas (Sistema de Comunicaciones de Emergencia para Personas Sordas) Provincia de Catamarca
Sistema de Comunicaciones de Emergencia para Personas Sordas Provincia de Catamarca
- TITULO I DEL SISTEMA DE COMUNICACIÓN DE EMERGENCIA PARA PERSONAS SORDAS
- Artículo 1. Dótese de un sistema de comunicación de emergencia para personas sordas a...
- Artículo 2. A los efectos de la presente Ley, se entiende como Sistema de Comunicación...
- TITULO II DEL FUNCIONAMIENTO
- Artículo 3. Se colocará una alarma visual luminosa en la asociación civil de...
- Artículo 4. El contacto entre la asociación y la central de emergencia se efectivizará a...
- Artículo 5. Recibido el llamado, los pasos a seguir por la central de emergencia serán...
- TITULO III DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo Provincial estará a cargo de la implementación del...
- Artículo 7. Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese
Otras regulaciones
Se otorga a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios una compensación económica para el período 2018 y 2019 Aprobación del Acta Compromiso suscripta entre la provincia de Catamarca y la Empresa Minera Galaxy Lithium Creación del Colegio Único de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo Autorización al Poder Ejecutivo Provincial a afectar los bonos de Nación Argentina para el Consenso Fiscal Distribución de regalías minerasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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