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Se declara ciudad a la localidad de Pueblo Esther, departamento Rosario y se la instruye en el régimen municipal establecido en la Ley N° 2756 (Se declara ciudad a la localidad de Pueblo Esther, departamento Rosario y se la instruye en el régim) Provincia de Santa Fe

Descargar gratis Se declara ciudad a la localidad de Pueblo Esther, departamento Rosario y se la instruye en el régimen municipal establecido en la Ley N° 2756 LEY 13.794, 12 de Noviembre de 2018 (.doc)
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se declara ciudad a la localidad de Pueblo Esther, departamento Rosario y se la instruye en el régimen municipal establecido en la Ley N° 2756 Provincia de Santa Fe


Otras regulaciones

Apruébase el convenio para la realización de actividades conjuntas de cooperación tecnológica y académica Autorización al señor Gobernador de la Provincia para ausentarse del país durante el año 2022 Incremento de la cantidad de Jueces que integran la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Rafaela Autorización a la Comuna de Bauer y Sigel, departamento Castellanos, a donar determinadas fracciones de terreno de su propiedad Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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