Imprimir

Retiro y pensiones policiales Artículo 16 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Retiro y pensiones policiales Río Negro
Artículo 16.

Tienen derecho a la percepción de haber de pensión los derechohabientes de los agentes bajo el régimen de esta ley fallecidos o aquellos que hubieren sido sancionados con exoneración o dados de baja a causa de condena judicial firme, siempre que hubieran reunido las condiciones para percibir haber de retiro, en los dos últimos supuestos. Las modalidades de liquidación y percepción se ajustarán al régimen establecido por ANSeS o por el organismo que en el futuro lo reemplace, con la base del haber de retiro calculado conforme a las disposiciones de la presente.

Se establece que el haber mínimo garantizado será el ochenta y dos por ciento (82%) del haber mensual en los términos del artículo 133 de la ley L nº 679, asignado al grado de Agente del Agrupamiento Seguridad - Escalafón General de la Policía de la Provincia, con una antigüedad de dos (2) años, deducidos los descuentos de ley y con exclusión de la compensación por traslado y bonificación por vivienda establecidos en los artículos 140 y 141 de la mencionada ley.

Ningún haber de pensión comprendido en el presente régimen, será inferior al haber mínimo garantizado por esta ley



Provincia de Río Negro Artículo 16 Retiro y pensiones policiales
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...26

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse