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Retiro y pensiones policiales Artículo 11 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/05/2025

Retiro y pensiones policiales Río Negro
Artículo 11.

En caso de inutilización total y permanente para el cumplimiento de las funciones policiales producida por enfermedad contraída o agravada por accidente ocurrido en y por acto de servicio o por acto de servicio, el haber de retiro se determinará de la siguiente forma:

a) 1. Si la inutilidad produce una disminución de más de sesenta por ciento (60%) para el trabajo en la vida civil, se acordará como haber de retiro un importe igual al haber mensual correspondiente al grado inmediato superior en el escalafón a que pertenezca el causante, se otorgará el sueldo íntegro del grado, bonificado en un quince por ciento (15%).

2. Cuando la disminución para el trabajo en la vida civil sea menor del sesenta por ciento (60%) se acordará como haber de retiro un importe igual al haber mensual correspondiente al grado del causante.

3. Si la inutilización produce una disminución del ciento por ciento (100%) para el trabajo en la vida civil, el haber del retiro fijado en el apartado uno (1) precedente se incrementará en un quince por ciento (15%).

b) Si la incapacidad fuera producida como consecuencia del cumplimiento de los deberes policiales de defender contra las vías de hecho o en actos de arrojo, la vida, la libertad y la propiedad de las personas, el haber de retiro se calculará con las reglas de los apartados precedentes en base al haber mensual del grado siguiente a aquél en que revista el agente. En caso de no existir en el Escalafón el grado base al haber mensual del grado haber se tomará el que resulte del último grado del Escalafón incrementado en un quince por ciento (15%) por cada faltante.

c) En todos los casos previstos en este artículo se considerará como si el causante hubiere acreditado el máximo de años de servicio computables previstos para el escalafón y grado en el artículo 10.

Provincia de Río Negro Artículo 11 Retiro y pensiones policiales
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS


Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


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