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Regularización dominial de loteos y/o fraccionamientos con presencia de familias ocupantes Artículo 5 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regularización dominial de loteos y/o fraccionamientos con presencia de familias ocupantes Mendoza
Artículo 5.

Juntamente con el informe previsto en el artículo anterior, deberá presentarse por ante el Consejo de Loteos la Memoria Descriptiva del Proyecto y/u Obras a realizarse y la constancia de su financiamiento. No se podrá transferir el dominio hasta que no se cumplimenten la totalidad de obras básicas de infraestructura.

En todos los casos será obligatorio el cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 26 del Decreto Ley N°4341/79 cuando existan superficies en el mismo inmueble que permitan dotar al loteo y/o fraccionamiento del espacio destinado a equipamiento, aun cuando la superficie resultante no responda a la relación prevista en dicho artículo. Cada municipio evaluará la superficie mínima exigible analizando el entorno y sus posibilidades físicas concretas de su realización.



Provincia de Mendoza Artículo 5 Regularización dominial de loteos y/o fraccionamientos con presencia de familias ocupantes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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