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Regular el funcionamiento de las Instituciones de Atención Temprana Privadas y/o Jardines Maternales Artículo 11 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regular el funcionamiento de las Instituciones de Atención Temprana Privadas y/o Jardines Maternales Privados Mendoza
Artículo 11. DEL PERSONAL

El personal a cargo de la atención de las niñas y niños deberá acreditar conocimientos y/o competencias básicas en lo relativo a:

1- Capacidad de analizar e interpretar críticamente la realidad biopsico- social y cultural en la que se desarrollan las niñas y niños.

2- Identificar los factores cognitivos, afectivos y sociales que influyen en el desarrollo físico e intelectual de niñas y niños.

3- Poner de manifiesto herramientas pedagógicas-didácticas que les permita intervenir desde edades tempranas a través del aporte de diferentes disciplinas que hacen al conocimiento exhaustivo de la infancia, considerando el contexto social, con idoneidad, compromiso y responsabilidad.



Provincia de Mendoza Artículo 11 Regular el funcionamiento de las Instituciones de Atención Temprana Privadas y/o Jardines Maternales Privados
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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