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Regulan la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través de canal Artículo 2 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Regulan la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través de canales de venta directa Buenos Aires
Artículo 2.

Definiciones.

a - Venta Directa: es el canal de comercialización que se caracteriza por la participación de personas que, en carácter independiente, compran bienes a empresas de venta directa para su posterior reventa a consumidores finales fuera de un local comercial establecido.

b- Empresa de Venta Directa: establecimiento comercial cuyo objeto primordial es la venta y comercialización de bienes a través del canal de venta directa.

c- Revendedor Independiente: es aquella persona que adquiere bienes a empresas de venta directa para su posterior reventa a consumidores finales, obteniendo ganancias derivadas de la diferencia entre el precio de compra y el precio de reventa de dichos bienes.

d- Modelo Mono-nivel: modelo de comercialización de productos por venta directa, donde la principal oportunidad de ganancia radica en la posibilidad de comprar productos a precio de descuento o mayorista a empresas de venta directa, para luego revenderlos a sus clientes, a un precio establecido por los revendedores independientes.

e- Modelo Multi-nivel: modelo de comercialización de productos por venta directa, donde además de la oportunidad de ganancias brindada a través del modelo mono-nivel, los revendedores tienen la posibilidad de introducir nuevos revendedores en el negocio, con los que encabezan o acrecientan una red descendente de revendedores y pueden obtener una ganancia derivada de las compras realizadas por los integrantes de la red en las condiciones que expresamente se establezcan al respecto.



Provincia de Buenos Aires Artículo 2 Regulan la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través de canales de venta directa, venta mono o multinivel, por parte de revendedores independientes
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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