Regulación del Ejercicio Profesional de Técnicos Superiores y Operadores de la Psicología Social Artículo 8 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Regulación del Ejercicio Profesional de Técnicos Superiores y Operadores de la Psicología Social Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 8. Obligaciones
Los profesionales Técnicos Superiores y Operadores que ejerzan la psicología social están obligados a:
a) proteger a los grupos en los que realicen intervenciones, asegurándoles que los resultados obtenidos se utilizarán de acuerdo a las normas éticas-profesionales que los rigen;
b) prestar la colaboración que les sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de decretos de emergencias o catástrofes;
c) guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier intervención que realice en cumplimiento de sus tareas específicas, así como de los datos o hechos que se les comunique en razón de su actividad profesional;
d) denunciar ante la autoridad de aplicación de esta ley a quienes no estando habilitados ejerzan como si lo estuvieren;
e) comportarse con lealtad, probidad y buena fe en el desempeño profesional, respetando en todas sus acciones la dignidad de la persona humana, sin distinción de ninguna naturaleza;
f) fijar domicilio profesional dentro del territorio provincial; y g) anunciarse y publicitar exclusivamente en los términos del título de grado obtenido consignado en el artículo 2º de esta Ley.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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