Regulación del Ejercicio de la Actividad Técnica de Acompañante Terapéutico Artículo 7 Provincia de Santa Fe
Regulación del Ejercicio de la Actividad Técnica de Acompañante Terapéutico Santa Fe
Artículo 7. Condiciones para la intervención
El/la Acompañante Terapéutico prestará su asistencia:a) por indicación y bajo los lineamientos del proyecto terapéutico planteado por el profesional médico interviniente y/o el equipo interdisciplinario a cargo del tratamiento;
b) por indicación de una institución responsable de la persona asistida o por disposición del Poder Judicial que, interviniendo en el caso, cuente con el aval indicado en el inciso anterior; y c) por requerimiento del entorno familiar que cuente con el aval indicado en el inciso a).
Se abstendrá de intervenir en aquellos casos en que no hubiere profesional médico y/o equipo interdisciplinario a cargo del tratamiento, en el entendimiento que el acompañamiento terapéutico constituye una práctica orientada por un proyecto terapéutico acordado con un profesional médico y/o con un equipo interdisciplinario a cargo.
Provincia de Santa Fe Artículo 7 Regulación del Ejercicio de la Actividad Técnica de Acompañante Terapéutico
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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