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Regulación de los Pastizales Naturales Artículo 4 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación de los Pastizales Naturales Entre Ríos
Artículo 4.

Los objetivos generales de conservación de los pastizales naturales son:

a) Proteger muestras de la totalidad de ambientes naturales y especies de la Provincia de Entre Ríos, preservando su carácter de bancos genéticos, de reguladores ambientales y de fuentes de materias primas, mejorando cuando corresponda, su productividad.

d) Conservar en su lugar de origen los recursos genéticos.

e) Proteger ecosistemas ambientales y hábitats terrestres y acuáticos que alberguen especies migratorias, endémicas, raras, amenazadas y de uso comercial.

d) Mantener la diversidad biológica, genética y los procesos ecológicos y evolutivos naturales.

f) Conservar el patrimonio natural y cultural.

g) Realizar investigaciones en los pastizales naturales tendientes a encontrar opciones de modelos y técnicas para el desarrollo sustentable.

h) Minimizar la erosión de suelos.

i) Mantener bajo manejo protectivo o recuperativo, según corresponda, aquellos espacios que constituyen muestras de grandes eco sistemas terrestres de la Provincia y paisajes y formas de relieve singulares o únicos.

i) Proteger y brindar áreas de pastizales naturales cercanas a los centros urbanos para que los habitantes disfruten de una recreación en convivencia con una naturaleza lo mejor conservada posible.

j) Cumplir con los servicios ecosistémicos, tales como la protección del suelo y cuencas hídricas, recarga de acuíferos, captura de carbono, albergue de insectos y aves controladoras de plagas de cultivos, provisión de paisajes.

k) Dotar a los pastizales naturales de la infraestructura, equipamiento y recursos humanos necesarios, que permita la investigación científica de los ecosistemas y sus componentes, el desarrollo de actividades educativas y la implementación del sistema de control y vigilancia.

l) Incentivar producciones compatibles con los pastizales naturales, como la ganadería y la apicultura entre otras, procurando establecer medidas que le otorguen beneficios diferenciales a los productos provenientes de estas zonas.

m) Promover los valores y principios de la conservación de la naturaleza y de los pastizales naturales en particular, por iniciativa de la autoridad de aplicación o en coordinación con establecimientos educativos de todos los niveles.-

Provincia de Entre Ríos Artículo 4 Regulación de los Pastizales Naturales
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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