Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos (Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos) Provincia del Neuquén
Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos Provincia del Neuquén
- Artículo 1. La presente Ley regula el ejercicio de la actividad de los acompañantes...
- Artículo 2. El acompañante terapeutico es un profesional de la salud capacitado para...
- Artículo 3. Para obtener la matrícula que autoriza el ejercicio de la actividad de...
- Artículo 4. El acompañante terapeutico puede ejercer su actividad laboral en forma...
- Artículo 5. El acompañante terapeutico solo puede ejercer su actividad mediante la...
- Artículo 6. El acompañamiento terapeutico puede realizarse en establecimientos...
- Artículo 7. Las funciones de los acompañantes terapeuticos son las siguientes: a)...
- Artículo 8. Los derechos de los acompañantes terapeuticos son los siguientes: a)...
- Artículo 9. Los deberes de los acompañantes terapeuticos son los siguientes: a)...
- Artículo 10. Se prohíbe a los acompañantes terapeuticos: a) Ejercer su actividad sin...
- Artículo 11. La autoridad de aplicación debe, ante el incumplimiento de la presente Ley...
- Artículo 12. El Instituto de Seguridad Social del Neuquen (ISSN) debe incluir el...
- Artículo 13. Queda prohibido, a quienes no cumplan con los requisitos que exige la...
- Artículo 14. Quienes, al momento de la sanción de esta norma, se encuentren ejerciendo...
- Artículo 15. El plazo establecido en el Artículo precedente rige exclusivamente para...
- Artículo 16. La autoridad de aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud o el...
- Artículo 17. Las funciones de la autoridad de aplicación son las siguientes: a)...
- Artículo 18. Se faculta a la autoridad de aplicación para suscribir los convenios que...
- Artículo 19. La presente Ley debe reglamentarse en un plazo m ximo de noventa (90)...
- Artículo 20. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesion provincial a la ley Nacional de Salud Mental Creación del Programa Provincial de Difusión de Normas de Tránsito y Buenas Prácticas de Manejo Contratos de Asociación Pública y Privada Creación del Registro de Actos de Autoprotección, en el ámbito del Colegio de Escribanos Gratuidad en el servicio de energía eléctrica para usuarios electrodependientesMejores juristas





que pasa si se eleva a juicio por la existencia de un video, que cuando asumo la defensa desaparecio, no esta las base de la acusacion, y pido sobreseimiento y me aplican art 321, que solo lo podia hacer en la ipp y ya estaba elevado a juicio. queria pedir nulidad
Me parece que el que pregunta es un abogado.....
que pasa si la mujer vive con tres hijos menores y firma ante el juez, que no puede vivir, ningún ser humano en la casa donde convive con sus hijos, y no cumple
CONSEJO REAL DE UN ABOGADO: anda y pagale la consulta a un abogado laboralista.
aqui se habla de la produccion de prueba procesal que nada tiene que ver con el periodo de prueba laboral? vas a hacer un berengenal y lio barbaro si queres despedir a un laburante consultando a saber a quien ...en un blog de internet donde contesta cualquiera...
Buen día! Consulta. Si antes de finalizar el periodo de prueba comunico al trabajador que prescindiremos de sus servicios, y el deja de concurrir al lugar de trabajo pero la carta documento que envío al domicilio denunciado por el al comenzar a trabajar (no al del DNI) figura desconocido por el correo y no mando una nueva (ya estoy tarde) y el trabajador de mala fe me exige que le de una alta suma de dinero para no iniciar juicio. Qué debo hacer?
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