Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Artículo 11 Provincia de Río Negro
Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Río Negro
Artículo 11.
Dada la exclusión de la finalidad de lucro en el Sistema de CAMGS, el Aporte Estatal Subsidiario (AES) se definirá en función de las siguientes variables:a)Aporte Estatal Subsidiario Básico (AESB): Está destinado al costo de la Planta Orgánico-Funcional de Personal. Se entenderá por "POF" (Planta Orgánico-Funcional de Personal) la dotación y distribución del personal definida para los CAMGS. La misma estará sujeta al número de adultos mayores por unidad, las que serán establecidas y modificadas oficialmente por la autoridad de aplicación.
El aporte para dicha Planta Orgánico- Funcional de Personal se incrementará en función del crecimiento vegetativo y de las exigencias de la transformación del trabajo social y asistencial con adultos mayores, así como en virtud de nuevas secciones o divisiones y en un todo de acuerdo a las pautas establecidas para la atención de los mismos en el ámbito público. Se tendrá especial consideración la función que cumplen los institutos ubicados en zonas de riesgo social, en base a estrictos criterios objetivos de equidad.
b)Aporte Estatal Subsidiario de Equidad (AESE) o Bono Contributivo a los adultos mayores, para aquellos adultos mayores sin parientes o que disponiendo de los mismos, éstos no puedan realizar el referido aporte complementario, por insuficiencia de recursos debidamente verificada y que no dispongan de beneficios jubilatorios o pensiones que puedan aportar al CAMGS para contribuir a su cuidado.
El Poder Ejecutivo deberá disponer las modificaciones presupuestarias pertinentes a los fines de lograr la aplicación de la presente.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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