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Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Artículo 1 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Río Negro
Artículo 1.

Se crea el Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social (CAMGS) en el ámbito de la Dirección Provincial de Adultos Mayores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, o el organismo que lo sustituya en el ejercicio de sus funciones para recibir ayudas o subsidios provinciales destinados a sufragar los gastos de personal abocado a la atención de la población de adultos mayores mediante el funcionamiento de centros de día, asilos, hogares de ancianos, geriátricos y las restantes denominaciones que aludan a tal tipo de actividad con poblaciones en estado de vulnerabilidad social, todas las organizaciones públicas y de la sociedad civil deberán inscribirse en el registro de postulantes que se abre a tales efectos.

Provincia de Río Negro Artículo 1 Crea Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social (CAMGS)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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