Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras y/o sistemas de captación de imágenes destinadas a mantener y preservar la seguridad ciudadana (Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras) Provincia de Misiones
Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras y/o sistemas de captación de imágenes destinadas a mantener y preservar la seguridad ciudadana Provincia de Misiones
- CAPITULO I
- Artículo 1. La presente Ley regula en la Provincia de Misiones la instalación y...
- Artículo 2. La utilización de videocámaras está regida por el principio de...
- Artículo 3. La Autoridad de Aplicación no puede utilizar videocámaras para tomar...
- Artículo 4. Las referencias a videocámaras contenidas en esta Ley, se entienden hechas a...
- Artículo 5. La captación y almacenamiento de imágenes en los términos previstos en esta...
- CAPITULO II
- Artículo 6. La obtención de imágenes según lo establecido en la presente Ley no tiene...
- Artículo 7. El acceso a toda información obtenida como consecuencia de las grabaciones...
- Artículo 8. Las personas que sean responsables de los sistemas de seguridad basados en...
- Artículo 9. Las grabaciones deben ser conservadas por lo menos treinta (30) días...
- Artículo 10. Las autoridades municipales y/o a los particulares alcanzados por esta Ley,...
- Artículo 11. Todo sistema de captación de imágenes debe inscribirse en el Registro que a...
- Artículo 12. Salvo orden en contrario por parte de autoridad judicial, la existencia de...
- Artículo 13. Los propietarios de los bienes afectados por las instalaciones reguladas en...
- Artículo 14. Aquellos establecimientos privados que instalen videocámaras en los espacios...
- Artículo 15. Los titulares de establecimientos privados que posean cámaras de...
- Artículo 16. La instalación y el uso de videocámaras por parte de los particulares estará...
- Artículo 17. Los sistemas de captación de imágenes por videocámaras existentes al momento...
- Artículo 18. La Autoridad de Aplicación mantendrá actualizado un Registro de Proveedores...
- CAPITULO III
- Artículo 19. El Ministerio de Gobierno será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley
- Artículo 20. Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ley provienen de:...
- Artículo 21. La presente Ley es orden público pues está destinada a mantener y preservar...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Ley de Democratización de la Representación Política Río Negro Artículo 26. Creación del Colegio de Graduados en Ciencias Biológicas Corrientes Artículo 61. Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias San Juan Artículo 16. Prohibición de carreras automovilísticas en la vía pública Buenos Aires Artículo 9. Establécense excepciones a la importación y nacionalización de vehículos de bomberos usados, destinados a las Sociedades de Bomberos Voluntarios para la prestación del servicio público de acuerdo a la...Publique la información de sí mismo
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