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Regimen jurídico de la letra de cambio, vale y pagare Artículo 46 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/09/2024

Regimen jurídico de la letra de cambio, vale y pagare Nacional
Artículo 46.

La acción cambiaria es directa o de regreso; directa contra el aceptante y sus avalistas; de regreso contra todo otro obligado".

Nacional Artículo 46 Regimen jurídico de la letra de cambio, vale y pagare
Artículo 1 ...44 45 46 47 48 ...104

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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....


No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????


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