Régimen Electoral de la provincia (Régimen Electoral de la provincia) Provincia de Tucumán
Régimen Electoral de la provincia Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Son electores los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y...
- Artículo 2. La calidad de elector se prueba, a los fines del sufragio, exclusivamente por...
- Artículo 3. No pueden ser electores: 1. Los dementes declarados tales en juicio y...
- Artículo 4. Ninguna autoridad podrá detener al elector desde veinticuatro (24) horas...
- Artículo 5. Igualmente, ninguna autoridad obstaculizará la actividad de los partidos...
- Artículo 6. Los que, por razones de trabajo, deban estar ocupados durante las horas del...
- Artículo 7. El sufragio es individual. Ningún elector puede ser obligado a votar en...
- Artículo 8. El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertades o...
- Artículo 9. Todo elector tiene el deber de votar, según corresponda, en cuanta elección...
- Artículo 10. Todas las funciones que esta Ley atribuye a las autoridades de mesa son...
- Artículo 11. La lista de electores que constituirá el padrón electoral se confeccionará de...
- Artículo 12. La Junta Electoral dispondrá la impresión de los ejemplares de padrón que...
- Artículo 13. Los ciudadanos y los partidos políticos podrán solicitar, dentro de los diez...
- Artículo 14. El "Registro Provincial de Electores Extranjeros" se integrará con los...
- Artículo 15. La confección y actualización del Registro Provincial de Electores, estará a...
- Artículo 16. La inscripción en el Registro Provincial de Electores Extranjeros permanecerá...
- Artículo 17. Serán excluidos de dicho Registro, los extranjeros que pierdan su calidad de...
- Artículo 18. A los efectos del artículo anterior, el Poder Ejecutivo deberá adoptar las...
- Artículo 19. Serán de aplicación a los electores extranjeros las mismas disposiciones que...
- Artículo 20. En el momento de emitir su voto, los extranjeros deberán presentar el...
- Artículo 21. En todas las elecciones a celebrarse en la Provincia de Tucumán, la Junta...
- Artículo 22. La Junta Electoral, como órgano a cargo de la dirección de los procesos...
- Artículo 23. La Junta Electoral dicta su reglamento interno. Asimismo, designa a su...
- Artículo 24. Son atribuciones de la Junta Electoral: 1. Aplicar la totalidad de las...
- Artículo 25. La forma y modo de todos los procedimientos que se deban realizar por ante la...
- Artículo 26. Los partidos políticos, frentes o alianzas registrarán ante la Junta...
- Artículo 26 bis. Las listas no podrán incluir más del setenta por ciento (70 %) de personas de...
- Artículo 27. Los partidos políticos, frentes o alianzas electorales, podrán celebrar el...
- Artículo 28. Los partidos políticos, frentes o alianzas designarán un apoderado general...
- Artículo 29. Los partidos políticos, frentes o alianzas que se presenten en la elección,...
- Artículo 30. Los fiscales o fiscales generales deberán saber leer y escribir y ser...
- Artículo 31. Los poderes de los fiscales o fiscales generales serán otorgados por las...
- Artículo 32. Se entiende por campaña electoral, a los fines de esta Ley, toda actividad...
- Artículo 33. La campaña electoral sólo podrá realizarse con treinta (30) días de...
- Artículo 34. La publicidad de los actos de gobierno durante la campaña electoral, no podrá...
- Artículo 35. La Junta Electoral arbitrará todos los medios necesarios para proveer, con la...
- Artículo 36. La Junta Electoral entregará por la vía y forma que determine, con destino al...
- Artículo 37. A los fines de la realización del acto comicial, la Junta Electoral tendrá...
- Artículo 38. La Junta Electoral dispondrá la custodia policial de los locales donde se...
- Artículo 39. El Gobernador y el Vicegobernador serán elegidos en forma directa por el...
- Artículo 40. Los candidatos a Gobernador, Vicegobernador y/o Intendente de un partido...
- Artículo 41. Los Intendentes y Comisionados Comunales serán elegidos por voto directo a...
- Artículo 42. En el caso de producirse igualdad en la cantidad de votos obtenidos por dos...
- Artículo 43. Los candidatos a legisladores integrarán una lista de candidatos...
- Artículo 44. El mismo procedimiento dispuesto en el artículo anterior se aplicará para los...
- Artículo 45. Los partidos políticos, frentes o alianzas que hayan oficializado candidatos,...
- Artículo 46. El modelo de boleta a oficializarse se presentará a la Junta Electoral,...
- Artículo 47. Las boletas de los partidos políticos, frentes o alianzas electorales, que...
- Artículo 48. La Junta Electoral entregará, por la vía y forma que determine, con destino...
- Artículo 49. En todo lo no previsto por esta Ley, se aplicará en forma supletoria el...
- Artículo 50. Comuníquese.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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