Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales (Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales) Provincia del Chubut
Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales Provincia del Chubut
- Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer un Régimen de Promoción e...
- Artículo 2. El Régimen de Promoción e Incentivo para la formación de Futuros...
- Artículo 3. El monto anual del préstamo será equivalente a la sumatoria de 12 (doce)...
- Artículo 4. Una vez cumplido el programa de desembolsos del préstamo establecido en el...
- Artículo 5. Existirán dos tipos de beneficiarios: 1. Beneficiarios Iniciales:...
- Artículo 6. A los fines de la presente Ley, los establecimientos educativos terciarios o...
- Artículo 7. El Régimen de Promoción e Incentivo de Futuros Profesionales deberá dividir...
- Artículo 8. Los Beneficiarios Iniciales que deban abandonar su residencia habitual para...
- Artículo 9. Los Beneficiarios Terminales, en caso de corresponder, recibirán 2 (dos)...
- Artículo 10. El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, a través del área que...
- Artículo 11. La Autoridad de Aplicación deberá elaborar anualmente un Registro de...
- Artículo 12. La Autoridad de Aplicación deberá actualizar anualmente la Guía del...
- Artículo 13. En caso que una o varias carreras, incluidas en el padrón de carreras...
- Artículo 14. REQUISITOS
- Artículo 15. CANTIDAD Y DESTINO
- Artículo 16. SELECCIÓN POSTULANTES
- Artículo 17. RENOVACIÓN
- Artículo 18. Para la renovación del préstamo el beneficiario se compromete a certificar...
- Artículo 19. La Autoridad de Aplicación podrá contemplar la posibilidad de aplicar...
- Artículo 20. El otorgamiento del préstamo obligará al Beneficiario a ejercer su profesión...
- Artículo 21. El obligado deberá otorgarle prioridad en el ejercicio de su profesión a la...
- Artículo 22. Las Administraciones Estatales de la Provincia, en cualquiera de sus...
- Artículo 23. POSIBILIDAD DE PRÓRROGA
- Artículo 24. Se podrá suspender la aplicación del régimen automáticamente en las...
- Artículo 25. El compromiso de devolución de los montos percibidos en concepto de préstamo...
- Artículo 26. El abandono de los estudios o quebrantamiento del deber establecido para...
- Artículo 27. DISPOSICIONES GENERALES FINANCIAMIENTO
- Artículo 28. La Autoridad de Aplicación eximirá al Beneficiario de la devolución del...
- Artículo 29. La Autoridad de Aplicación deberá analizar la situación de los Beneficiarios...
- Artículo 30. Los montos de dinero restituidos en virtud del cumplimiento de los artículos...
- Artículo 31. Facúltese a la Autoridad de Aplicación a redactar las reglamentaciones...
- Artículo 32. La presente Ley tendrá vigencia a partir de su efectiva reglamentación, que...
- Artículo 33. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Suspensión de la actividad minera metalífera Desplazamientos mínimos por el aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de proteger la salud pública Aprobación de modificaciones presupuestarias Prórroga de Emergencia de Servicios, Divisiones y Secciones de Anestesiología de los efectores del Subsector Estatal Aprueban el Convenio entre la Provincia del Chubut y las firmas YPF SA e YPF GAS SAMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios