Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincial Artículo 53 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincial Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 53.
Los haberes previsionales, solicitados por el beneficiario, serán reconocidos provisionalmente por el Instituto dentro de los sesenta (60) días corridos de su presentación, acreditando derecho a percibir en calidad de anticipo una liquidación correspondiente al sesenta por ciento (60%) del último haber devengado en las Administraciones comprendidas dentro del presente régimen, siempre que hubiere presentado toda la documentación necesaria para su otorgamiento. A la finalización del trámite previsional y su posterior acuerdo de la liquidación definitiva, el Instituto descontará los importes anticipados.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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