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Régimen de Jubilaciones, Retiros y Pensiones Artículo 175 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen de Jubilaciones, Retiros y Pensiones Chaco
Artículo 175. DETERMINACION DEL ESTADO DE ESTADO DE CUENTAS DEL REGIMEN DE RECIPROCIDAD

A efectos de obtener un real estado del comportamiento del régimen de reciprocidad jubilatoria al que el InSSSeP se encuentra adherido desde la ley 272, se constatará en cada caso en que se hayan aceptado reconocimiento de servicios de otras cajas si las mismas concretaron las transferencias de aportes y contribuciones o en su defecto los años reconocidos y la deuda estimada aplicando el régimen de actualización implementado en la presente ley.



Provincia del Chaco Artículo 175 Régimen de Jubilaciones, Retiros y Pensiones. Modifica Leyes 3.188 y 3.529
Artículo 1 ...173 174 175 176 177 ...257

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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