Prórroga por única vez y por el término de hasta sesenta (60) días la fecha de elección para elegir a los representantes de los abogados y las abogadas ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento (Prórroga por única vez y por el término de hasta sesenta (60) días la fecha de elección para elegir ) Provincia del Chaco
Prórroga por única vez y por el término de hasta sesenta (60) días la fecha de elección para elegir a los representantes de los abogados y las abogadas ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento Provincia del Chaco
- Artículo 1. Prorrógase por única vez y por el término de hasta sesenta (60) días, a...
- Artículo 2. Facúltase al Superior Tribunal de Justicia a fijar la fecha de esta...
- Artículo 3. Habiéndose prorrogado la fecha de la elección en la que deberían renovarse...
- Artículo 4. El término de los mandatos de los abogados y abogadas que resulten electos...
- Artículo 5. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declara de interés general Convenio de Entendimiento Mrio. de Econ. Nac. y Pcia Adhesión a Ley Nac. 27.064 Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.628 Protección integral de los derechos de la mujer embarazada en estado de especial vulnerabilidad Crea los conglomerados productivos en los Municipios de 2º y 3º CategoríaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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