Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Artículo 123 Provincia de Córdoba
Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Córdoba
Artículo 123. Aplicación transitoria de medidas excepcionales
Dispónese de manera transitoria y ante casos de manifiesta urgencia, para aquellos territorios rurales y/o localidades alejadas de centros urbanos que se encuentren dotados de dependencias pertenecientes al Poder Judicial y cuyos municipios o comunas no hayan instrumentado hasta el momento el Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes a nivel local, la aplicación por parte de la Autoridad Judicial de las medidas excepcionales reguladas en los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55 de la presente Ley. En el día hábil inmediatamente posterior de disponer dicha medida, la referida autoridad deberá transferir la causa a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley para su intervención.
Provincia de Córdoba Artículo 123 Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Ajuste del valor del metro cuadrado en UVIs con exclusiva aplicación al programa de construcción de viviendas Casa Propia-Construir Futuro Río Negro Artículo 2. Aplicación a contratos en trámite Ratificación del acuerdo suscripto entre la Provincia de Río Negro, la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda El Bolsón Ltda. y la empresa Capex S.A Río Negro Artículo 3. Crea el Consejo Provincial de Evaluación Ambiental Minera Río Negro Artículo 4. Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 33. Creación del Ente de Promoción y Fiscalización del Complejo Productivo y Exportador de la Zona Franca Río Negro Artículo 11. DecisionesPublique la información de sí mismo
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