Imprimir

Prohibición del cobro del plus como retribución por los profesionales del arte de curar y las ramas Artículo 1 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Prohibición del cobro del plus como retribución por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas Chubut
Artículo 1.

Prohíbase en todo el territorio de la Provincia del Chubut el cobro de plus a toda persona física y/o jurídica como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas. La prohibición favorece a los afiliados beneficiarios de las Leyes Nacionales N° 23.660 y N° 23.661 y de la Ley Provincial N° XVIII N° 12 (antes Ley N° 1.404) y sus modificatorias, siempre que el pago supere los aranceles fijados en convenios suscriptos entre la entidad y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución. Para el caso que las obligaciones convenidas hayan sido respetadas por parte de las Obras Sociales, se establece la presente prohibición comprendiendo a las prestaciones clínicas, sanatoriales, de diagnóstico y tratamiento, atención odontológica y cualquier otra que se encuentre cubierta por las citadas leyes o convenios. A los fines de la presente Ley, se considera «Plus», a toda suma dineraria o retribución complementaria cobrada, exigida o recibida indebidamente de los beneficiarios de las obras sociales, que excedan los importes de los aranceles convenidos entre las entidades y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución por sus servicios.



Provincia del Chubut Artículo 1 Prohibición del cobro del plus como retribución por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas
Artículo 1 2 3 ...9

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse