Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar Artículo 7 Provincia de Santa Fe
Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar y ramas anexas Santa Fe
Artículo 7. Sanciones
La autoridad de aplicación sancionará a los sujetos infractores tomando en consideración la gravedad de la falta cometida y la existencia o no de reincidencia en las mismas, conforme a lo reglamentado por el Poder Ejecutivo de acuerdo a las siguientes sanciones:
a) Multa equivalente a un (1) salario mínimo, vital y móvil y hasta cinco (5), con más noventa (90) días de suspensión como prestador de los afiliados del organismo.
b) Multa equivalente a cinco (5) salarios mínimo, vital y móvil y hasta diez (10), con más ciento ochenta (180) días de .suspensión como prestador de los afiliados del organismo.
Provincia de Santa Fe Artículo 7 Prohibición del cobro de plus, adicionales o complementos monetarios por servicios del arte de curar y ramas anexas
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Declaración del Estado de Necesidad Pública en Materia Social, Alimentaria y Sanitaria, de las Contrataciones Públicas Santa Fe Artículo 38. Tarifas de los servicios públicos Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires Artículo 104. Declaración al turismo receptivo y al turismo intraprovincial como bien jurídico protegido Río Negro Artículo 10. Falta de inscripción Asistencia financiera a productores y pequeñas y medianas empresas Santa Fe Artículo 14. Economías provinciales Chubut Artículo 1.Publique la información de sí mismo
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