Programa Primer Paso Artículo 17 Provincia de Córdoba
Programa Primer Paso Córdoba
Artículo 17. Autoridad de Aplicación
La Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional o el organismo que en el futuro lo reemplace o sustituya, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Código Procesal Penal Chaco Artículo 150. COPIAS, INFORMES Y CERTIFICADOS Código Procesal Penal Chaco Artículo 18. ENUMERACION Código Procesal Laboral Tucumán Artículo 5. Recusación Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 11. Nulidad Código Procesal Penal Chaco Artículo 515. PERSONAS EXENTASPublique la información de sí mismo
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