Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes (Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes)
Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes
- TITULO I CREACIÓN DEL PROGRAMA
- Artículo 1. Créase el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños...
- TITULO II SOSTENIMIENTO DE LOS VALORES MENSUALES
- Artículo 2. Los valores mensuales de las cuotas a ingresar -impuesto integrado y...
- TITULO III ACTUALIZACIÓN DE ESCALAS
- Artículo 3. Fíjense, a partir del 1º de julio de 2021, los parámetros de ingresos...
- TITULO IV ALIVIO FISCAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
- Artículo 4. Las o los contribuyentes inscriptas o inscriptos al 30 de junio de 2021 en...
- TITULO V RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
- Artículo 5. Las o los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños...
- Artículo 6. Quedan incluidas en lo dispuesto en el artículo anterior las obligaciones...
- Artículo 7. Se establece, con alcance general, la exención y/o condonación: a) De...
- Artículo 8. El beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a...
- Artículo 9. El beneficio que establece el artículo 7º procederá si los sujetos...
- Artículo 10. Podrán regularizarse mediante el presente régimen las obligaciones...
- TITULO VI DISPOSICIONES COMUNES
- Artículo 11. Únicamente podrán acceder al Programa de Alivio Fiscal para Pequeños...
- Artículo 12. En caso de no acceder a los beneficios previstos en el programa de Alivio...
- Artículo 13. Los beneficios establecidos en la presente norma, no obstan la aplicación de...
- Artículo 14. El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de...
- Artículo 15. Lo producido en concepto de cuota especial, a que hace mención el artículo...
- Artículo 16. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los...
- Artículo 17. La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Adhesión al Fondo Multilateral de Inversiones III del Banco Interamericano de Desarrollo Emergencia Nacional en Discapacidad Ley de Calidad y Seguridad Sanitaria Créase una prestación previsional anticipada. Requisitos que deberán cumplir las personas que tendrán derecho al mencionado beneficio previsional Procedimientos para la designación de jueces subrogantes, en caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los jueces de primera instancia y de los integrantes de las cámara...Publique la información de sí mismo
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